Becas para la formación en el Instituto Geográfico Nacional
Cualquier persona que posea la nacionalidad española, la de un país miembro de la Unión Europea o la de un país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Extranjeros residentes legalmente en España, de conformidad con las previsiones del artículo 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Haber finalizado sus estudios, y tener o estar en condiciones de obtener el correspondiente título universitario oficial de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto o ingeniero técnico, en este último caso solo si posteriormente se ha obtenido el título universitario oficial de máster, en los cuatro años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.