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Ayudas públicas para la creación, investigación y producción de proyectos artísticos en residencia, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia


Convoca u organiza:
 
Ministerio de Cultura
Apertura del plazo:
 
21 de dicembre de 2024
Fin del plazo:
 
9 de gennaio de 2025
Destinatarios:
 
Personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, recogidos en el artículo 26. El objeto del programa es la concesión de ayudas indivisibles e individuales para la financiación de proyectos artísticos en residencia. En el caso de proyectos desarrollados por colectivos o asociaciones, sólo podrá disfrutar de la beca un integrante de este, preservándose los derechos de autor del colectivo. No podrán tener la condición de personas beneficiarias las personas físicas que no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Dada la directa vinculación de las presentes ayudas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, las personas beneficiarias sólo podrán ser aquellas que tengan residencia fiscal permanente en territorio español.
Requisitos:
 
  • Tener residencia fiscal permanente en el territorio español.
  • No encontrarse incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social en España.
  • Seleccionar para el desempeño del proyecto una provincia distinta de la de residencia habitual. Se entenderá que la persona solicitante reside en aquella provincia que recoge su documento nacional de identidad, salvo prueba en contrario.
  • Aceptación de la subvención. Deberán comunicar la aceptación expresa a la propuesta de resolución definitiva en el plazo máximo de cinco días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la propuesta de resolución. Si no fuera aceptada en dicho plazo, se le tendrá por desistida. 
Información:
 
BOE del 20/12/2024
BOE