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Subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario ante la pérdiínea ICO-MAPA-SAECA / DANA)
Convoca u organiza:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Apertura del plazo:
16 de enero de 2025
Fin del plazo:
1 de septiembre de 2026
Destinatarios:
Podrán acogerse a estas ayudas los beneficiarios recogidos en la letra a) del artículo 6.2. Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, cuya explotación esté situada total o parcialmente en los municipios recogidos en el anexo 1 de la Orden de 26 de diciembre de 2024. En consecuencia serán beneficiarios quienes, estando su explotación total o parcialmente en los municipios recogidos en el citado anexo, sean titulares de explotaciones agrarias, que podrán ser personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, inscritos en el Registro General de Explotaciones Ganaderas regulado por Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, o en el Registro General de la Producción Agrícola regulado por Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, con domicilio social y fiscal en España y cuyos ingresos provengan al menos en un 50 por ciento de la actividad agraria en el año anterior al de la presentación de la solicitud, o en los tres años anteriores al de la solicitud teniendo en cuenta el dato medio, salvo que hayan iniciado la actividad agraria dentro de los tres años anteriores a la convocatoria.
Información:
BOE del 31/12/2024